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¿Qué es una Cédula de Habitabilidad?

Una Cédula de Habitabilidad es una certificación obligatoria que acredita que nuestra vivienda cumple con todos los requisitos mínimos de habitabilidad exigidos por la normativa vigente y por tanto es habitable.

¿Quién la puede solicitar?

La Cédula de Habitabilidad la puede solicitar cualquier particular o profesional, siempre que la vivienda esté destinada al hecho de ser habitada.

¿En qué caso es obligatoria?

La Cédula de Habitabilidad es obligatoria desde el año 2007 en los siguientes casos:

  • Para dar de altas los suministros de agua, luz y gas.
  • Para la firma de los contratos de arrendamiento.
  • Para las firmas de compra-venta de viviendas, el Notario exige la cédula de habitabilidad original.

¿Qúe datos constan en ella?

En una Cédula de Habitabilidad nunca consta el nombre del propietario/a de la vivienda.

Si que constan los siguientes datos:

  • Dirección de la vivienda y la provincia donde se encuentra.
  • Metros útiles.
  • Composición interior de la vivienda (habitaciones, baños, cocina y salón).
  • El número recomendado de ocupación establecido por el ayuntamiento correspondiente.
  • Fecha de concesión y caducidad.

¿Qué duración tiene?

La duración o validez que se le asignan a partir de la concesión es de 5 a 10 años, dependiendo del ayuntamiento en que se solicite.

Cuando la Cédula de Habitabilidad haya caducado, se seguirán los mismos trámites que se realizaron en su momento, incluyendo las modificaciones que haya podido sufrir la composición de la vivienda con el paso de los años.

Hay que tener en cuenta que en muchas viviendas las ampliaciones o modificaciones que se han realizado durante estos años puede que no cumplan con el planeamiento vigente y no se puedan legalizar, lo cual podría llegar a ser un problema en el caso de querer vender la vivienda.

¿Qué tipo de trámites tengo que hacer?

Existen dos tipos de tramites:

  • Cédula de primera ocupación (cuando se trata de una obra nueva).
  • Cédula de segunda ocupación (cuando la vivienda no es de nueva construcción o cuando ha caducado la cédula).

Normativa

Requisitos para su obtención:

  • La vivienda que denominamos habitable tiene que tener una superficie útil interior mínima de 20 metros cuadrados.
  • La altura mínima de suelo a techo es de 2.50m (en baños, cocina, distribuidores y pasillo de 2.20m).
  • El baño debe disponer de ventilación directa a fachada o con un conducto de extracción mecánica, que puede ser estática si es vertical. También debe disponer de WC, lavabo, ducha o bañera en buen estado.
  • Es recomendable tener la instalación de agua fría y caliente en buen estado.
  • La cocina debe disponer como mínimo de una pica y de un aparato de cocina situados en la misma pieza.

A nivel informativo

Cuando alquilen una vivenda, el propietario está obligado a facilitarle el número de Cédula de Habitabilidad. En el caso de no tenerla tiene el deber de tramitarla, ya que en el contrato de alquiler debería aparecer dicho número.

Actualmente es obligatorio al comprar una vivienda que en la firma ante Notario, el vendedor le entregue la Cédula de Habitabilidad original. En ningún caso debería ser aceptada ni la provisonal ni la tramitación de esta.

En caso de comprar la casa sin cédula podría tener algún problema, al ser posible que la vivienda que usted compre tenga más metros cuadrados de los permitidos o que parte de dicha vivienda no se pueda legalizar.

Es importante el obtener la cédula como se ha dicho anteriormente ya que usted no podrá contratar los servicios de luz, agua y gas a la compañías suministradoras.


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